Adultos mayores y contribuciones
SEÑOR DIRECTOR:
A propósito de las discusiones sobre contribuciones de bienes raíces y la cantidad de adultos mayores que las deben pagar, de refilón se señala que ese grupo lo componen los mayores de 65 años. Error. La cantidad de personas afectadas es mucho mayor, porque el artículo 1⁰, inciso segundo de la ley 19.828 define como adulto mayor para todos los efectos legales a toda persona que ha cumplido 60 años.
Patricio Silva Barroilhet
Abogado
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