Nacional

DPP se cuadra con Providel y enfatiza que un defensor solo se puede remover por “infracción de estándares”

El organismo emitió una declaración en que asegura que antecedentes que la Fiscalía Centro Norte les entregó "no se condicen con lo que la señora Santibáñez ha aseverado".

La defensora regional de la Defensoría Penal Pública (DPP) Metropolitana Norte, Daniela Báez, abordó los antecedentes conocidos recientemente sobre la denuncia que mantiene a Víctor Providel bajo sumario.

A las 17.00 horas de este viernes, dio a conocer una declaración pública en la que respaldan al defensor de Monsalve, haciendo hincapié en que solo puede ser removido por “infracción de estándares” o a petición del imputado.

Según explicó la abogada María Elena Santibáñez en radio Duna, el defensor de Manuel Monsalve “aparece vinculado” a otra investigación respecto a amenazas, lesiones y grabaciones de la esfera íntima de la mujer que denunció a la exautoridad de gobierno que fueron captadas sin su consentimiento y ofrecidas a medios de comunicación.

Hay dos sujetos indagados por esos hechos en una causa también radicada en la Fiscalía Metropolitana Centro Norte.

“En el informe que hay en esa causa policial, se da cuenta claramente de las conversaciones que el defensor tuvo con estos imputados, facilitándoles los contactos para efectos de llevar esta información a los medios de comunicación, a la que fueron estas personas pidiendo dinero a cambio”, explicó Santibáñez.

La declaración de la DPP señala que los antecedentes que tienen en su poder al respecto “no se condicen con lo que la señora Santibáñez ha aseverado”.

Según explican, tales antecedentes fueron expuestos personalmente por el fiscal regional de la Fiscalía Centro Norte, Xavier Armendáriz, a la defensora regional, Daniela Báez, y serían los mismos a los que accedió la parte querellante.

“Nos preocupa que la querellante vierta graves acusaciones que atentan contra el ejercicio legal de la defensa y la ética profesional que caracteriza a todos nuestros defensores penales públicos”, indica la declaración de la DPP, enfatizando que “el cambio de defensor penal público solo se produce por infracción de estándares de defensa o a solicitud del imputado, de nadie más”.

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