Nacional

Fiscal judicial de la Suprema cierra sumario contra Simpertigue y formula cargos por viajes con Lagos y Vargas y no inhabilitarse

El magistrado Jorge Pizarro le reprochó faltas a la probidad en contra del suspendido supremo. Ahora el ministro que enfrenta un juicio político en el Senado tiene cinco días para presentar sus descargos. En los hechos acreditados, se excluyó lo que tenía que ver con la causa Fundamenta y el caso conocido como "el Yernísimo".

Foto: Poder Judicial

El fiscal judicial de la Corte Suprema, Jorge Pizarro, sorprendió este viernes al suspendido ministro Diego Simpertigue al notificarle el cierre de la fase de investigación del sumario en su contra.

Fuentes judiciales que saben de la indagatoria administrativa comentan que el magistrado que enfrenta un juicio político en el Senado fue notificado durante esta jornada del fin de la fase de investigación.

Quienes saben del asunto comentan que al notificar el cierre, Pizarro además le formuló cargos a Simpertigue por infracciones a la probidad.

El fiscal judicial de la Corte Suprema, Jorge Pizarro.

Fueron tres los cargos formulados por Pizarro. Uno apunta a la falta que implicó no haberse inhabilitado de participar de la vista de causas -como lo fue la contienda judicial de Codelco contra el consorcio chilenobielorruso Belaz Movitec- en las que los intervinientes eran Eduardo Lagos y Mario Vargas, dos abogados cercanos a Simpertegui.

Los dos abogados además son imputados en la trama bielorrusa que investiga la Fiscalía. De hecho ambos están cumpliendo prisión preventiva en el Anexo Penitenciario Capitán Yáber por los presuntos delitos de cohecho y lavado de activos.

Según pudo constatar el fiscal judicial, era evidente quiénes eran los abogados de la parte requirente. En una de esas causas Simpertigue llegó a ser el redactor de la sentencia en circunstancias en que no podía sino conocer que los abogados de una de las partes eran cercanos suyos y por lo tanto debió haberse apartado del pleito ventilado en su sala.

Según se lee en la resolución el cargo quedó establecido de la siguiente manera: “No haber hecho constar su inhabilidad, previo a entrar al conocimiento de la causa Rol N°141.421-2023, materia de protección, y a su vez, haber dictado resolución que acogió recurso de aclaración rectificación y enmienda en favor de la empresa recurrente Consorcio Belaz-Movitec SpA, atendido a que a dicha fecha se podía constatar la existencia de un vínculo de estrecha cercanía y familiaridad con dos de los tres abogados patrocinantes de la recurrente de dichos autos, los señores Carlos Eduardo Lagos Herrera y Mario Andrés Vargas Cociña. La conducta descrita transgrede lo dispuesto en el artículo 544 del Código Orgánico de Tribunales, en su numeral 8°“.

Respecto de ese mismo punto, la resolución de Pizarro reprocha “no haber hecho constar su inhabilidad, previo al conocimiento de la causa Rol N° 1150-2025 (y acumulada Rol N° 1152-2025), materia recurso de queja, y a su vez, haber dictado resolución que acogió la solicitud deducida por la empresa recurrente Consorcio Belaz-Movitec SpA, atendido a que a dicha fecha se podía constatar la existencia de un vínculo de estrecha cercanía y familiaridad con dos de los tres abogados patrocinantes de la recurrente de dichos autos, los señores Carlos Eduardo Lagos Herrera y Mario Andrés Vargas Cociña. La conducta descrita transgrede lo dispuesto en el artículo 544 del Código Orgánico de Tribunales, en su numeral 8°“.

El segundo cargo tiene que ver con la falta de prudencia que tuvo al haber viajado junto a Lagos y Vargas en un crucero por Europa, en dos circunstancias. La infracción se debe a que sus compañeros de viaje eran reconocidos abogados de la plaza, litigantes de su propia sala y que eran parte de causas de alta connotación social.

Ese cargo fue establecido de la siguiente manera: “Haber efectuado, entre los días 16 y 26 de junio de 2024, un viaje en crucero entre diferentes ciudades de Europa, junto con el señor Carlos Eduardo Lagos Herrera, uno de los abogados patrocinantes de las causas Rol N° 141.421-2023 y Rol N° 1150-2025 (acumulada Rol N° 1152-2025), en cada una de las cuales el Ministro investigado dictó, a lo menos, una resolución que no puede ser calificada de mero trámite. Dicho viaje principió dos días después de haberse efectuado el pago en favor de la empresa recurrente, que la resolución de la segunda causa indicada dispuso y que el investigado redactó, el que se consignó en la cuenta bancaria del abogado con el que compartió el viaje. La conducta descrita transgrede lo dispuesto en el artículo 544 del Código Orgánico de Tribunales, en su numeral 4°“.

Las mismas fuentes añaden que el fiscal judicial desestimó formular cargos por eventuales faltas disciplinarias en lo que tiene que ver con la causa Fundamenta.

Lo mismo pasó con los hechos que se vinculaban a las influencias que pudo haber ejercido para que nombraran a César Maturana Pérez como notario. Esto debido a que el abogado está casado con Michelle Griño Miranda hija de Gilda Miranda, exjueza, pareja de Simpertigue y actual notaria de la Segunda Notaría de Colina con asiento en la comuna de Lampa. Estos dos últimos hechos forman parte de capítulos de la acusación constitucional en el Congreso.

Luego de la formulación de cargos, la defensa de Simpertigue tiene cinco días para presentar sus descargos y ofrecer pruebas. Luego de eso, Pizarro analizará la evidencia.

Finalmente cuando llegue a una determinación, redactará un informe al pleno de la Corte Suprema para sobreseerlo de los cargos o, lo más probable, ofrecer una sanción en contra del suspendido magistrado.

La decisión de Pizarro de formular cargos llegó antes de tiempo. Quienes han sabido del sumario comentan que esto se debe a que el fiscal judicial llevó esta indagatoria con la máxima celeridad debido a la gravedad del caso.

De hecho en su resolución dejó pistas de su parecer. “Resulta de especial gravedad el hecho de que, posterior a haber conocido y resuelto causas en las que los letrados tantas veces mencionados patrocinaban a la recurrente, se embarcara nuevamente con uno de ellos (segundo viaje de junio de 2024), lo que se agudiza si se tiene en cuenta la oportunidad de ese viaje, esto es, solo dos días después de que se cumpliera el fallo que el investigado dispuso, mediante el pago de la empresa estatal desfavorecida hacia la recurrente, particularmente en la cuenta bancaria de dicho abogado”, se lee en el documento.

Luego el escrito añade: “Este último antecedente no hace sino extender dudas que lógicamente recaen e inciden de manera negativa en la imagen del Poder Judicial y su consideración, tanto por los justiciables como por los otros poderes del Estado y la sociedad en su conjunto, ámbito por el que todos los miembros de la judicatura deben velar, especialmente quienes forman parte de la más alta magistratura y que en sus manos tienen -en la gran mayoría de las veces- la última decisión”.

Pizarro asumió el encargo del pleno recién a mediados de noviembre. Luego Simpertigue se tomó vacaciones y a pesar de eso, el fiscal judicial logró avanzar y en poco más de un mes cerró la investigación.

La señal es relevante debido a que la Suprema está decidida a sancionar estas malas conductas, incluso antes de que otros poder del Estado, como el Congreso, actúen dentro de sus facultades. En este caso, antes de que el Senado decida sobre la acusación constitucional que será votada el lunes por la Cámara Alta.

Más sobre:Corte SupremaDiego SimpertigueJorge PizarroMario VargasEduardo LagosMuñeca bielorrusaFiscalía

COMENTARIOS

Para comentar este artículo debes ser suscriptor.

Plan digital + LT Beneficios por 3 meses

Navidad con buen periodismo, descuentos y experiencias🎄$3.990/mes SUSCRÍBETE