Por María Catalina Batarce“Pueden entorpecer múltiples diligencias”: corte confirma prisión preventiva de Vargas, Lagos y Migueles por trama bielorrusa
El tribunal de alzada capitalino acreditó que la prueba reunida por el Ministerio Público a la fecha permite sustentar la existencia de delitos y la participación de los tres imputados. Se trata de hechos, indicó la resolución, que merman la confianza ciudada en la administración de justicia.

Tras escuchar alegatos que se extendieron por varias horas, la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la prisión preventiva de Mario Vargas, Eduardo Lagos y Gonzalo Migueles, imputados por soborno, cohecho y lavado de activos en la denominada trama bielorrusa.
La instancia -integrada por la ministra Danai Hasbún, el ministro suplente Mauricio Rettig y la abogada integrante Francisca Amigo- estimó que los antecedentes reunidos por el Ministerio Público, en esta etapa procesal, permiten establecer que se encuentra justificada la existencia de delitos y la participación de los imputados.
El tribunal de alzada capitalino estimó que hay insumos claros para sostener que los imputados actuaban de manera coordinada, fijando un patrón en base al cual, según la resolución, triangulaban dineros, compraban dólares, pagaban tarjetas de crédito e incurrian en pagos sin justificación alguna.
Así, y en atención a que hay múltiples diligencias pendientes, los magistrados estimaron que la libertad de los tres podría poner en riesgo la realización de las pericias, por lo que confirmaron lo anteriormente razonado por la jueza Michel Ibacache del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago.
“Esta corte ha considerado que la investigación se encuentra en curso, existiendo múltiples y relevantes diligencias pendientes, las que incluso pueden involucrar a terceros formalizados y no formalizados, en razón de lo cual la libertad de los acusados puede torpecer la realización de las mismas”, aseguró el ministro Rettig, quien leyó la resolución.
Acreditación de los hechos
En medio de la resolución, los ministros hicieron presente que “como se aprecia de los antecedentes vertidos en esta etapa procesal, existen en los hechos imputados y en la multiplicidad de conductas realizadas por los acusados, un patrón común que permite inferir con el estándar que exige la letra A del artículo 140 del Código Procesal Penal, que se encuentra justificada la existencia de los delitos que los acusadores atribuyen a los imputados".
Así las cosas, establecieron que una adecuada resolución, en esta instancia, “obliga a tener en consideración que el estándar para mantener o revocar una medida cautelar de prisión preventiva, aun cuando requiere cumplir con los criterios que el legislador ha establecido, no puede ser el mismo que para condenar a un acusado”.
Recalcaron, en ese sentido, que los antecedentes reunidos a la fecha “han permitido sustentar la petición de la medida cautelar más gravosa del ordenamiento jurídico procesal penal, como lo es la prisión preventiva”.
Asimismo, establecieron que “afirmar que el tribunal a quo tomó su decisión sobre la base de inferencias probatorias, lejos de constituir una vulneración de garantías, es la forma metodológicamente correcta en la que los tribunales deben adoptar sus resoluciones judiciales".
“El estándar opera acá como una decisión de política criminal en orden a evitar el riesgo de error judicial, toda vez que el costo de un falso positivo es mayor que el del un falso negativo", enfatizaron. También sostuvieron que “analizados los antecedentes expuestos por los acusadores, los que en modo alguno han podido, en este escenario procesal, ser desvirtuados por las defensas, es posible concluir que la participación de cada uno de los imputado puede ser inferida a partir de un conjunto de elementos de juicio que ha conocido esta Corte“.
No se puede obviar, agregaron, que los hechos indagados “han recaído en la máxima instancia de nuestro sistema judicial, mermando significativamente la confianza del ciudadano en la administración de justicia".
Valoración de la sentencia
El fiscal Marco Muñoz señaló que durante la audiencia se reforzaron los antecedentes recopilados durante la indagación y que justifican la existencia de delitos, por lo que valoró la determinación del tribunal de alzada capitalino.
“La corte decidió mantener la prisión preventiva de los imputados, decisión que valoramos positivamente, toda vez que comparte el criterio de esta Fiscalía”, sostuvo el persecutor.
“Quedamos conformes, es lo que habíamos solicitado como querellantes. Se confirma una resolución que nos parece que daba cuenta de todos los antecedentes necesarios para que en esta etapa procesal se decretara una medida tan gravosa como la prisión preventiva respecto de los tres imputados. Relevamos el hecho de que la corte haya dado por acreditado los requisitos de la existencia del delito y de la participación en los hechos imputados“, señaló por su parte la abogada que representa al Consejo de Defensa del Estado, Luppy Aguirre.
Desde la otra vereda el abogado de Mario Vargas, el defensor Sergio Contreras, manifestó que ahora tendrán que solicitar una serie de diligencias “que vayan en el sentido de nuestra defensa. Por lo pronto pediremos toda la copia actualizada al Ministerio Público, que la entrega a goteo. Vamos a pedir esto constantemente al Ministerio Público para que cumpla, como la ley lo indica, que entreguen la información a las defensas y no a otras personas”.
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