
Senador Araya descarta que esté impulsando una Ley Mordaza 2.0: “La mayor pena es para funcionarios públicos y, eventualmente, los periodistas tendrían multas”
El parlamentario explica los alcances de la propuesta que busca sancionar la divulgación de antecedentes de una investigación. Asegura que sólo aplicaría en periodos de tiempo definidos y que el objetivo es proteger las causas.
Tipificar y sancionar con penas de cárcel la divulgación de antecedentes que surgen en una investigación penal reservada es el objetivo de una moción parlamentaria ingresada por los senadores Pedro Araya, Luz Ebensperguer, Paulina Núñez, Luciano Cruz-Coke y Alfonso de Urresti, y que ha desencadenado una serie de cuestionamientos.
Y es que si bien, como han dicho sus autores, la iniciativa buscaría resguardar los procedimientos judiciales, no pocos la han cuestionado y tildado como una suerte de Ley Mordaza 2.0.
En conversación con La Tercera, el senador Araya hace su derecho a réplica y es tajante en descartar que esto busque entorpecer el trabajo periodístico. Explica, en esa línea, que previa ponderación de derechos que colisionan, como la libertad de expresión e información, lo que se busca es proteger aún más el accionar de la justicia.
“Descarto que esta sea una Ley Mordaza 2.0. Esta es una ley que busca hacerse cargo de un problema que hoy tiene el sistema de persecución penal, que son las filtraciones”, comienza diciendo.
Junto con esto, agrega que ”acá se pretende regular ciertas situaciones que hoy día tienen un marco difuso de regulación en materia procesal penal, producto de que a la época en que se dictó el código las tecnologías actuales de comunicaciones no existían, y así distinguir aquellas cosas que son de la vida privada de una persona y que se mantengan en ese ámbito, y que sólo sean conocidas aquellas cosas que tengan interés en la investigación penal”.
En el mismo sentido, explicó que aquí hay una colisión de derechos constitucionales y lo que le corresponde al legislador es ponderar cuál de estos derechos debe primar sobre el otro.
“Por una parte está el derecho al ejercicio a la libertad de prensa, pero también está lo que es la garantía del buen funcionamiento del sistema judicial, el derecho a la defensa y a la honra de las personas”, asegura.
El parlamentario explicita que “por lo demás, hay que tener presente que esta situación ha sido resuelta por el propio legislador, antes de la dictación de este proyecto, porque el proceso penal es secreto para terceros que no son partes en la investigación”.
De esta forma, el congresista admitió que en el caso de aprobarse la moción de la cual es autor periodistas sí podrían ser sancionados -como ya pueden serlo por difusión de investigaciones ligadas al crimen organizado-, aunque con penas más bajas que, por ejemplo, funcionarios públicos.
“No es la regla general la publicidad de la investigación penal, y el proceso penal se vuelve público solo en determinadas circunstancias, que es el propio código el que lo ha regulado (...) Hoy no existe el delito de la filtración de una investigación penal, pero lo que ha hecho este proyecto es establecer un catálogo claro, donde obviamente la mayor sanción y la mayor responsabilidad la tienen los funcionarios públicos que están obligados a guardar secreto o reserva de la investigación, como son, por ejemplo, los fiscales, funcionarios del Ministerio Público, del Poder Judicial, las policías”, sostuvo.
Y complementó: “La mayor pena está dada para los funcionarios públicos y, eventualmente, los periodistas o un particular podrían ser sancionados con una multa”.
Reservas por periodos
Consultado respecto de que esta modificación sea interpretada como una forma de impedir que casos de corrupción puedan salir a la luz, Araya recalcó que la propuesta implica resguardar la reserva sólo por periodos de tiempo, no para siempre.
“Hay que tener presente que lo que el proyecto hace es establecer el secreto a la reserva de la investigación en períodos de tiempo. Esto no se trata de que aquí no se va a poder informar, sino que impide aquello en determinados períodos de tiempo que establece el legislador, respecto al cual el fiscal decreta secreta o reservado una investigación”, sostuvo.
Se busca cautelar, remarcó, que las distintas diligencias que está haciendo la fiscalía o las piezas de la investigación se puedan llevar adelante y no sean conocidas con anterioridad.
“Se fija una temporalidad respecto de cuándo son más rigurosas las normas de protección para periodos en que la investigación es secreta”, insistió.
COMENTARIOS
Para comentar este artículo debes ser suscriptor.
Lo Último
Lo más leído
2.
4.