
Superintendencia de Ed. Superior oficializa norma que regula la convivencia en campos clínicos empujada por caso Cayazaya
La normativa entrará en vigencia en enero de 2026 y establece obligaciones concretas para universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica que desarrollen prácticas clínicas, en respuesta a un creciente malestar en estos espacios formativos.

Con el objetivo de resguardar la salud mental de estudiantes de carreras del área de la salud y garantizar ambientes respetuosos en los campos clínicos, la Superintendencia de Educación Superior (SES) oficializó una nueva norma de carácter general que establece deberes obligatorios para las instituciones de educación superior (IES). La medida, que comenzará a regir el 1 de enero de 2026, surge tras un período marcado por denuncias de hostigamiento, acoso académico y situaciones de violencia simbólica en entornos de formación práctica.
La publicación de esta norma tiene como uno de sus antecedentes más sensibles el fallecimiento de Catalina Cayazaya, estudiante de Terapia Ocupacional de la Universidad de los Andes, cuyo caso permitió visibilizar los problemas estructurales de convivencia y salud mental que enfrentan estudiantes en contextos clínicos.
“Hace un año, tras la lamentable muerte de Catalina Cayazaya, esta Superintendencia asumió el compromiso de elaborar una norma de carácter general que permitiera establecer obligaciones concretas para promover la sana convivencia y la protección de la salud mental en los campos clínicos, espacios donde se ha evidenciado una conflictividad creciente y sistemática”, expresa el superintendente de Educación Superior, José Miguel Salazar.

La iniciativa se alinea con diagnósticos preocupantes, como el expuesto en el informe “Bienestar Universitario, Claves para la Convivencia y la Salud Mental”, elaborado por el Consejo de Rectores de Universidades Chilenas (CRUCH), que indica que un 33% de los estudiantes universitarios enfrenta actualmente problemas de salud mental. A partir de esta realidad, la SES impulsó un proceso de consulta pública entre diciembre de 2024 y marzo de este año, que recogió 79 observaciones provenientes de universidades, académicos, agrupaciones estudiantiles, servicios de salud y ciudadanos particulares.
Obligaciones centrales
La norma, que empezó a ser oficiada la tarde de este jueves a las instituciones, establece nueve medidas obligatorias para las casas de estudio que desarrollen prácticas clínicas en centros de salud públicos y privados, además de una buena práctica recomendada. Entre los puntos más destacados se incluyen la protección a víctimas y denunciantes, donde las instituciones deberán garantizar resguardo físico y psicológico, evitando cualquier tipo de represalia o revictimización.
Además, se exigirá investigar con celeridad y debido proceso, donde se exigirá que las denuncias internas sean tramitadas rápidamente, con medidas provisionales desde el primer momento y asegurando el respeto a los derechos de todas las partes. Por otro lado, la norma exigirá también que el cuerpo docente clínico reciba formación obligatoria en pedagogía clínica, ética, género, salud mental y derechos humanos. Junto a eso, las IES deberán capacitar a los equipos asistenciales que colaboran en labores formativas, aunque en este caso su participación es voluntaria.
Por otro lado, la normativa exigirá que se difunda información sobre líneas de ayuda como Salud Responde, la Línea 4141 y la app “Aquí Contigo” en el caso de universidades estatales. También se pedirá implementar espacios de inducción previa a las prácticas, que entreguen herramientas para enfrentar el estrés y conocer canales de denuncia.
Asimismo, todas las prácticas clínicas deberán realizarse en establecimientos que cuenten con convenios formales que regulen los derechos y deberes de los estudiantes y se debe establecer un canal único de denuncias. Este último debe ser anónimo, con seguimiento activo y se deberá reportar a las SES cuando corresponda.
Además, las IES deberán explicitar en sus reglamentos internos qué constituye maltrato o infracción a la sana convivencia, con sus respectivas sanciones proporcionales. A contar de julio de 2026, las instituciones deberán entregar obligatoriamente informes semestrales sobre denuncias, avances y medidas adoptadas.
En base a esta nueva norma, la SES deberá aplicar cada año una encuesta sobre clima y salud mental en campos clínicos, cuyos resultados orientarán acciones de fiscalización y mejora. “Uno de los principales énfasis de esta nueva norma es el fortalecimiento de las responsabilidades preventivas”, subraya al respecto el superintendente Salazar.
También destaca que la norma exige la difusión de estrategias de auxilio psicológico que permitan atender adecuadamente a estudiantes que enfrenten situaciones de crisis, “así como la realización de instancias de inducción previas al inicio de las prácticas clínicas, con el objetivo de prepararlos para un desarrollo formativo seguro y acompañado”.

En materia de fiscalización, la exigencia de reportes semestrales y la aplicación de encuestas permitirán un monitoreo detallado del ambiente clínico formativo, abriendo espacio para acciones correctivas oportunas.
“La obligación que establece la norma de presentar un reporte semestral con el registro de denuncias permitirá contar con más y mejor información para fortalecer la supervisión, orientar de forma más precisa las acciones de fiscalización y contribuir a la construcción de entornos más seguros para los estudiantes”, enfatiza el subsecretario Salazar.
Por último, desde la SES sugieren, aunque la normativa no lo exige, que las instituciones implementen canales propios de atención psicológica, desarrollen planes de mejora continua para sus cuerpos docentes y colaboren activamente con los campos clínicos para el monitoreo conjunto del ambiente formativo.
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