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Trama bielorrusa: Corte de Santiago allana el camino para que la Fiscalía formalice y pida cautelares contra exministra Vivanco

El tribunal de alzada capitalino acogió por unanimidad la querella de capítulos ingresada por el Ministerio Público. Los ministros estimaron que existen "indicios graves, precisos y concordantes" de los hechos imputados a la exmagistrada.

JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE

A un paso de ser formalizada quedó la exministra de la Corte Suprema Ángela Vivanco, en el marco de la denominada trama bielorrusa.

A pesar de que la exmagistrada y su defensa aún podrían presentar acciones para a evitar dicho proceso, durante la jornada de este miércoles la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago comunicó que, por unanimidad, acogieron la querella de capítulos contra la exmagistrada.

La acción había sido interpuesta hace algunas semanas por la fiscal regional de Los Lagos, Carmen Gloria Wittwer, a fin de formular cargos contra Vivanco y solicitar medidas cautelares en su contra.

Como expuso la persecutora ante los magistrados durante su alegato, Vivanco “acordó un pacto ilícito con la finalidad de favorecer a una empresa, en este caso CBM, en el litigio generado con Codelco entre los años 2023-2024, acordando para ello el pago de una retribución económica para ella y terceros para resolver a favor del consorcio extranjero todas las instancias judiciales en que le correspondiera intervenir”.

Para eso, plantea el Ministerio Público, tuvieron el visto bueno del tribunal de alzada. La sala -integrada por los ministros Fernando Carreño y Guillermo de la Barra y el ministro (s) Fernando Valderrama- consideró que se cumplen con todos los requisitos para acceder al antejuicio en contra de la exmagistrada.

“Que de los antecedentes expuestos ante esta corte por los intervinientes surgen indicios graves, precisos y concordantes en orden a que la imputada Ángela Vivanco, prevaliéndose de su rol como Ministra de la Corte Suprema, aceptó retribuciones económicas por parte de dos abogados representantes de la empresa chileno-bielorrusa CBM (Eduardo Lagos y Mario Vargas) -con quienes mantenía a lo menos desde 2022 una relación de amistad-, para favorecer los intereses de la empresa CBM en su litigio judicial con Codelco durante los años 2023 y 2024, no inhabilitándose, debiendo hacerlo, y concurriendo con su voto a decisiones que beneficiaron a la primera de las empresas individualizadas”, se lee en la resolución.

Asimismo, los magistrados detallaron que es posible inferir que Vivanco “en su calidad de funcionaria pública, recibió dinero para sí y su conviviente (Gonzalo Migueles) por favorecer los intereses de CBM en las instancias que le correspondió participar como integrante del máximo tribunal”.

En el mismo sentido, los ministros agregaron que “es posible sostener que durante la tramitación del litigio judicial entre CBM y Codelco -en particular de los procesos Roles N° 141.421-2023 y N° 1.150-2024 de la Corte Suprema-, la querellada incurrió en una serie de infracciones a las reglas de tramitación de causas, actuaciones que fueron explicitadas en el informe de la Comisión de Ética que se constituyó para investigar las irregularidades vinculadas a su actuar ministerial”.

Así las cosas, estimaron que “basta con constatar la existencia de antecedentes que permitan inferir una participación probable de la querellada en los hechos punibles, reservándose el debate exhaustivo sobre la culpabilidad y la prueba para el juicio oral correspondiente, de lo que sigue que las alegaciones de la defensa en cuanto a la insuficiencia probatoria y a la imposibilidad de juzgar criminalmente a su representada constituyen cuestiones de fondo que exceden el ámbito de este antejuicio y que deben ser postuladas en la oportunidad procesal correspondiente”.

Por consiguiente, subrayaron que “de los antecedentes existentes en la investigación y acompañados en la querella de capítulos y su ampliación, surgen evidencias serias, graves y plausibles, que determinan que hay mérito suficiente para admitirla respecto de todos sus acápites”.

Pese a que la decisión fue unánime, el ministro (s) Valderrama tuvo una indicación previa que no prosperó. A juicio de Valderrama, la querella debió declararse inadmisible “por improcedente”. El magistrado plantea que Vivanco no goza del fuero especial que protege a los jueces porque fue removida de su cargo. “Reconocer una garantía a quien no es su titular implica no solo retardar la acción de la justicia e imponer cortapisas al obrar del ente persecutor, al impedirle solicitar medidas cautelares respecto de una imputada que no goza de fuero alguno, sino que también genera un plano de desigualdad injustificado para los restantes intervinientes, en particular de los coimputados en la investigación penal seguida por la fiscal requirente, a quienes ya fueron formalizados y se encuentran actualmente sujetos a medidas cautelares personales”, se lee en su argumentación.

Desde la Fiscalía de Los Lagos manifestaron que esta sentencia les permite “avanzar en la persecución penal del caso, quedando a la espera de que se cumplan los plazos establecidos para una eventual apelación de la defensa, o, de no existir, solicitar fecha de formalización”.

De hecho, de acuerdo con antecedentes recabados por este medio, lo más probable es que este asunto se eleve a la Corte Suprema vía recurso de apelación de la defensa.

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