
Tribunal condena al pago de costas a Fiscalía y Defensoría de la Niñez por juicio en que Jorge Escobar fue absuelto
También se condenó a la parte querellante en representación de Moisés Bravo.

Este lunes, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cañete dio a conocer la sentencia en que absolvió a Jorge Escobar de los cargos que le formuló el Ministerio Público, la querellante particular y la Defensoría de la Niñez, como autor del delito consumado de abandono de menor con resultado de muerte.
Escobar fue la última persona que tuvo a cargo al niño Tomás Bravo y afirma que se le extravió en una quebrada, cuando se apartó del pequeño de 3 años para atender a unos animales cerro abajo, en el predio Las Lomas de Caripilún, la tarde-noche del 17 de febrero de 2021.
En un fallo unánime, el TOP –integrado por los magistrados Ricardo Piña Vallejos (presidente), Lathy Pérez Quilodrán y Rodrigo González-Fuente Rubilar (redactor)– condenó al pago de las costas del proceso a los acusadores.
La sanción establecida apunta a que no habría existido motivo plausible para sostener las acusaciones, resultando completamente vencidas las partes acusadoras, incluida la Defensoría de la Niñez, querellante que se desistió antes de que se diera inicio al juicio.
“Pese a que la prueba rendida en juicio fue concordante y exenta de contradicciones sustanciales en cuanto a corroborar gran parte de los hechos descritos en la acusación, tales circunstancias fácticas no lograron configurar la acción de abandono, la cual intrínsecamente conlleva a una situación de peligro para la víctima, propia del desamparo”, indicó el tribunal.
Asimismo, puntualizan que “la defensa introdujo una duda razonable en cuanto a la eventual presencia de un tercero en el sitio del suceso, que podría haber tenido algún grado de participación en la desaparición”.
“En suma, no configurándose la tipicidad objetiva del tipo penal imputado, e introduciéndose una duda razonable sobre la participación de un tercero en los hechos, distinto del acusado, deberá decretarse su absolución”, concluyeron.
Por tanto, se resolvió que, además de absolver a Escobar, “se condena al Ministerio Público, a la querellante en representación de Moisés Bravo y a la querellante institucional Defensoría de la Niñez al pago de las costas de la causa”.
Tras la audiencia de comunicación de sentencia, el fiscal regional (s) del Biobío, Michelangelo Bianchi, señaló que estudiarán “con elementos técnicos y jurídicos” el extenso fallo de 200 páginas para analizar eventuales recursos.
“Nosotros mantenemos la convicción de que los hechos que se plantearon en este juicio y por los cuales se rindió la prueba sí configuraban el ilícito por el cual se había acusado”, afirmó.
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