
Tribunal de alzada de Concepción salva al presidente de la Corte de Temuco y declara inadmisible querella en su contra
La abogada querellante apelará esta sentencia y la pugna judicial deberá ser resuelta, en última instancia, por la Segunda Sala de la Corte Suprema.

Luego de un largo laberinto judicial, este martes la Corte de Apelaciones de Concepción acogió el amparo que presentó el presidente de la Corte de Apelaciones de Temuco, el ministro Álvaro Mesa, para declarar inadmisible una querella en contra del magistrado por el delito de prevaricación imprudente.
El origen de esta teleserie judicial partió a fines de junio, cuando la abogada Carla Fernández ingresó una querella en contra del magistrado Mesa.
El motivo de la acción penal de Fernández tiene que ver con que la abogada es quien representa a tres exoficiales del Ejército condenados por cómplices de homicidios calificados y apremios ilegítimos en el caso El Polvorín.
Mesa, por su parte, es el ministro que dictó la sentencia condenatoria en ese caso y ejerce como ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos en Temuco, Valdivia, Puerto Montt y Coyhaique. Además, según fuentes del Senado, es una de las cartas favoritas del gobierno para llegar a la Corte Suprema.
El camino de esta querella ha sido polémico desde el inicio. Tanto así que toda la Corte de Temuco se ha inhabilitado para ver este asunto, por lo que la admisibilidad de la querella fue resuelta por la Corte de Apelaciones de Valdivia.
Luego de que ese tribunal de alzada diera luz verde a la acción penal, el fiscal nacional, Ángel Valencia, designó la investigación al Ministerio Público de Los Ríos. Sin embargo, Mesa ha ocupado todas las vías para frustrar la querella.
La sentencia
A mediados de agosto los defensores penales públicos Humberto Serri y Marcelo Pizarro, quienes representan a Mesa, presentaron un recurso de amparo en la Corte de Temuco para revertir la resolución que declaró admisible la querella. Este recurso, inicialmente, estaba reservado y la querellante recién se pudo hacer parte el viernes.
Ese amparo finalmente fue resuelto por el tribunal de alzada de la Región del Biobío. La sentencia, despachada este martes, acogió el recurso y por lo tanto bloqueó la querella. “Esta corte estima que de la sola lectura de la querella aparece con claridad que los hechos en ella denunciados no alcanzan a configurar ilícito penal alguno, desde que se circunscriben únicamente a cuestionar la apreciación de la prueba y la decisión jurisdiccional adoptada por el ministro en visita en una causa relativa a violaciones a los derechos humanos”, se lee en el fallo unánime de las ministras Carola Rivas, Antonella Farfarello y la ministra (s) Carolina Vásquez.
Según la sentencia, la decisión de la Corte de Valdivia de declarar admisible la querella fue ilegal, ya que “habilitó un procedimiento penal sin base típica, contrariando el diseño legal que establece un filtro de admisibilidad precisamente para impedir procesos penales carentes de fundamento”.
El fallo añade que “la admisión de una querella en tales condiciones configura una amenaza cierta, grave e inminente a la libertad personal y a la seguridad individual del amparado, por cuanto abre paso a un procedimiento penal respecto de un delito sancionado con pena privativa de libertad, con el consiguiente riesgo de que se impongan medidas cautelares personales, sin que concurran hechos que puedan ser calificados como típicos”.
Haber permitido que la querella prosperara, plantea la sentencia, conduciría “a la inaceptable consecuencia de criminalizar el ejercicio regular de la jurisdicción, en desmedro del principio de independencia judicial que asegura el artículo 76 de la Constitución”.
La abogada querellante apelará esta decisión y llevará el pleito hasta la Corte Suprema. Ahí será la Segunda Sala del máximo tribunal la que tendrá la última palabra.
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