Congreso despacha ley de notarios tras sortear solicitud de inconstitucionalidad en el Senado
La iniciativa del Ejecutivo pone fin a los cargos vitalicios y establece un nuevo nombramiento de notarios, archiveros y conservadores, a través de Alta Dirección Pública.

La esperada ley de notarios que se venía gestando desde 2018, finalmente fue aprobada este martes por el Senado. Los legisladores visaron favorablemente el informe de la comisión mixta encargada de discutir y destrabar los aspectos críticos del proyecto.
En medio del debate de la norma, el senador Pedro Araya (PPD) solicitó recurrir al Tribunal Constitucional (TC) argumentando un “defecto” de tramitación, luego de que la Cámara Baja no se ciñera a propuesta de votación de informe de la comisión mixta. Sin embargo, el reclamo fue rechazado con 21 votos en contra, 12 a favor y 2 abstenciones.
La puerta de alegar algún vicio constitucional no está cerrada del todo, ya que los senadores tienen la posibilidad de reunir al menos 13 firmas para acudir al TC.
El ministro de Justicia, Jaime Gajardo, destacó la aprobación “transversal y, además, de manera prácticamente unánime”.
“Este proyecto de ley va a permitir realizar cambios en el sistema notarial y registral que son muy importantes para toda la ciudadanía: establece requisitos mínimos para la prestación del servicio, horarios claros de funcionamiento, medidas respecto al tipo de soporte digital que tienen que tener y, por cierto, modifica y fortalece la fiscalización a las notarías, archiveros y conservadores de todo el país”, precisó.
Los detalles de la ley
El corazón de la iniciativa busca terminar con la pleitesía a las cortes de Apelaciones en las designaciones de notarios, archiveros y conservadores.
Para esto, elimina el rol del Poder Judicial en los nombramientos, y en su lugar establece un nuevo procedimiento a tráves de concurso de Alta Dirección Pública (ADP). Es decir, los cargos serán elegidos en base a la experiencia profesional y la rendición de un examen, entregando una terna con los mejores puntajes al Presidente, quien nominará a los postulantes.
Además, establece inhabilidades como la restricción a ocupar el cargo en el caso de tener parentesco con autoridades, jueces y parlamentarios.
Junto con estos aspectos, también pone fin a los cargos vitalicios al fijar un límite de edad de 75 años para ejercer el cargo.
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