China fija aranceles de hasta el 34,9% al brandy de la UE, pero eximirá a empresas que pacten precios
La decisión pone punto final a la investigación abierta en enero de 2024 sobre las importaciones de brandy desde la UE y cuyo plazo de finalización había sido ampliado en dos ocasiones.

El Ministerio de Comercio de China ha anunciado este viernes la imposición de aranceles “antidumping” de entre el 27,7% y el 34,9% a las importaciones de brandy procedente de la Unión Europea a partir del 5 de julio de 2025, aunque ha indicado también que las nuevas tarifas no se aplicarán en el caso de aquellas empresas que hayan alcanzado “compromisos de precios”.
La decisión del Ministerio de Comercio pone punto final a la investigación abierta en enero de 2024 sobre las importaciones de brandy desde la UE y cuyo plazo de finalización había sido ampliado en dos ocasiones, fijándose definitivamente el pasado mes de abril para julio de 2025.
Al cierre de su investigación, “se dictaminó finalmente que existía dumping en las importaciones de brandy originario de la Unión Europea”, por lo que la industria nacional de este licor corría el riesgo de sufrir “un perjuicio sustancial”, añadiendo la existencia de una “relación causal” entre la competencia desleal (‘dumping’) y la amenaza de perjuicio sustancial.
De este modo, “a partir del 5 de julio de 2025”, los operadores de importación deberán abonar los derechos antidumping correspondientes a la Aduana de la República Popular China al realizar la importación de brandy desde la UE.
Según el Ministerio de Comercio de China, estas tarifas a las importaciones de brandy desde la UE oscilarán entre el 27,7% y el 34,9%, incluyendo un 32,2% para Bodegas Osborne, Bodegas Fundador y Miguel Torres.
Sin embargo, el Ministerio destaca que, tras la resolución preliminar, asociaciones y empresas del sector de la UE presentaron solicitudes de compromiso de precios a la autoridad investigadora, añadiendo que, de conformidad con la regulación antidumping, “decidió aceptar el compromiso de precio mencionado”, que entrará en vigor simultáneamente con la presente resolución definitiva.
De tal manera, durante el período de aplicación del compromiso de precio, los productos investigados producidos por las empresas mencionadas no estarán sujetos a derechos antidumping si se exportan a China a un precio no inferior al prometido, aunque advierte de que, en caso de incumplimiento o terminación del compromiso de precio, se impondrán derechos antidumping de acuerdo con la tasa determinada en la resolución definitiva.
En concreto, un total de 34 empresas han presentado compromisos de precios al Ministerio de Comercio.
PRODUCTORES RECLAMAN ACUERDO ENTRE BRUSELAS Y PEKÍN.
El Buró Nacional Interprofesional del Coñac (BNIC), organismo que vela por los intereses de la industria francesa del coñac, ha señalado que el régimen de compromiso de precio mínimo, “que en ningún caso constituye un reconocimiento del dumping”, será menos desfavorable que el régimen fiscal contra la competencia desleal anunciado por Pekín, pero advierte de que las empresas que se beneficien de él “se encontrarán en una situación peor” que antes del inicio del procedimiento en enero de 2024.
Por ello, BNIC insiste en su llamamiento al Gobierno francés y a la Comisión Europea para que alcancen un acuerdo político lo antes posible con las autoridades chinas para volver a una situación sin derechos antidumping.
“Esta decisión marca el final de la investigación antidumping, pero no el fin de nuestros esfuerzos para garantizar que todos nuestros exportadores recuperen el acceso sin trabas al mercado chino lo antes posible”, ha afirmado Florent Morillon, presidente del BNIC.
“Mientras tanto, el régimen de compromiso de precio mínimo ofrece condiciones más tolerables para nuestras empresas que los impuestos antidumping definitivos anunciados, incluso si el acceso al mercado que permiten sigue siendo reducido”, ha apostillado.
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