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Empresaria Paula Sutil apela en juicio por antigua disputa publicitaria

La semana pasada Sutil interpuso una apelación y un recurso de casación ante la Corte de Apelaciones de Santiago, con el fin de revertir el fallo de primera instancia que rechazó su demanda por competencia desleal en contra de dos filiales del conglomerado francés Publicis Groupe.

02 Noviembre 2023 Entrevista a Paula Sutil, empresaria Foto: Andres Perez Andres Perez

La empresaria y periodista Paula Sutil escaló la disputa que mantiene desde hace años con MMS Communications Chile y Leo Burnett Chile (filiales del conglomerado francés Publicis Groupe), a raíz de un fallido negocio publicitario. La acción se produjo luego de que el 30 de mayo el 9° Juzgado Civil de Santiago desestimara la demanda de indemnización de perjuicios que presentó hace tres años, en un conflicto que se remonta a más de dos décadas.

La semana pasada, la empresaria —hermana de Juan Sutil, expresidente de la Confederación de la Producción y del Comercio— interpuso una apelación y un recurso de casación ante la Corte de Apelaciones de Santiago, con el fin de revertir el fallo de primera instancia que rechazó su demanda por competencia desleal contra ambas agencias.

Según el escrito de 74 páginas, patrocinado por los abogados Andrés Jana y Rodrigo Gil, Paula Sutil —a través de su empresa Publicitaria Sutil y Asociados— sostiene que fue víctima de una serie de prácticas que afectaron gravemente su negocio. De acuerdo con la demanda, la multinacional Publicis Groupe —matriz de las agencias demandadas— incumplió un contrato de exclusividad territorial firmado en el año 2000, que garantizaba que su firma sería la única agencia del grupo en Chile. Sin embargo, Publicis comenzó a operar en el país a través de otras agencias, lo que la dejó fuera del circuito comercial y, según afirma, le provocó millonarias pérdidas.

“La absorción marcó un antes y un después respecto del Acuerdo de Afiliación y el futuro de Publicitaria Sutil. Lo cierto es que desde el momento en que se produjo la absorción de Saatchi & Saatchi, Publicis Groupe no solo mantuvo, sino que incluso aumentó sus Agencias en Chile, las que comenzaron a atender a sus clientes globales y regionales en Chile, incumpliendo su obligación de exclusividad territorial en perjuicio de Publicitaria Sutil. Esto provocó un total bloqueo de Publicitaria Sutil quien no podía operar clientes competitivos de Publicis Groupe pero tampoco recibía los clientes de dicho grupo por cuanto eran atendidos por las otras agencias que mantenía en Chile. Esta práctica de Publicis Groupe y sus filiales destruyó a Publicitaria Sutil", concluyó.

El escrito recuerda que Paula Sutil ganó tres arbitrajes por estos hechos, en los que se acreditó que Publicis violó el acuerdo. Aun así, a juicio de la demandante, hay daños que no han sido debidamente indemnizados, especialmente aquellos derivados de actos de competencia desleal ejecutados por MMS Communications y Leo Burnett.

Además, los abogados cuestionaron el fallo, señalando que el fallo fue dictado por la jueza subrogante Cecilia Eugenia de Los Ángeles, resolvió sobre temas que no fueron parte del juicio —como el control societario de la matriz sobre sus filiales—, aplicó erróneamente normas legales y no fundamentó adecuadamente su sentencia. Por estas razones, Sutil busca que se anule el fallo y se dicte uno nuevo que reconozca y repare el daño pendiente.

“Es particularmente preocupante que la sentencia haya sido justo dictada por la jueza subrogante, cuya única intervención fue dictar de repente este fallo cuyo contenido es totalmente sorpresivo, escueto, sin mayor fundamentación y con errores de derecho manifiestos y preocupantes. La jueza titular había tramitado con acierto todas las etapas previas”, explicó Rodrigo Gil, abogado de Paula Sutil.

La jueza titular del 9° Juzgado Civil de Santiago es Lidia Pozo.

Y añadió que “la jueza subrogante ni siquiera leyó los informes periciales y de hecho ni los cita en la sentencia. Todos los expertos, incluso la perito designada por el propio tribunal, coincidieron en que los daños reclamados excluían las sumas ya indemnizadas”.

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