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Medio Ambiente advierte que fallo de la Corte Suprema por Dominga “no implica una resolución de fondo al proyecto”

“El pronunciamiento de la Corte Suprema no implica una resolución de fondo al proyecto y en su contenido establece que las sentencias del Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta no son definitivas”, señalaron desde el Ministerio del Medio Ambiente.

Medio Ambiente reacciona al fallo de la Corte Suprema por Dominga

“El pronunciamiento de la Corte Suprema no implica una resolución de fondo al proyecto y en su contenido establece que las sentencias del Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta no son definitivas”.

De esta manera reaccionó el Ministerio del Medio Ambiente (MMA) al fallo del máximo tribunal, luego de que declarara inadmisibles los recursos de casación presentados por el Servicio de Evaluación Ambiental y opositores contra el proyecto minero-portuario Dominga en diciembre de 2024.

“La Corte Suprema también reafirma que la competencia para resolver sobre el proyecto minero portuario Dominga es del Comité de Ministros, órgano que ya tomó una decisión al respecto en enero de 2025″, agregó.

A continuación, señaló que “actualmente quedan recursos judiciales pendientes de resolución, tanto en la Corte de Apelaciones de Antofagasta como en el Segundo Tribunal Ambiental de Santiago”.

La cartera recalcó, además, la importancia ecológica de la zona afectada por la instalación del proyecto.

“El Archipiélago de Humboldt es un ecosistema único en el mundo, patrimonio de todos los chilenos y las chilenas, y el Ministerio del Medio Ambiente continúa trabajando decididamente por su protección”, finaliza el comunicado del MMA.

Fallo de la Suprema

La resolución de la Tercera Sala de la Corte Suprema señala que “se declaran inadmisibles los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos en contra la resolución de fecha nueve de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Primer Tribunal Ambiental”.

El tribunal determinó, como ha sido su jurisprudencia, que aún no había una sentencia definitiva, por lo que no correspondía presentar un recurso de casación. En su considerando sexto, el tribunal sostiene que “la sentencia impugnada no ha resuelto confirmar ni revocar lo decidido por el Comité de Ministros, sino anular dicha decisión, ordenando un nuevo pronunciamiento del órgano recurrido, de modo que no ha resuelto la cuestión o asunto objeto del juicio, ni ha puesto fin a la instancia”.

El proyecto Dominga ha enfrentado un proceso que se ha extendido por 12 años.

Tras conocerse el fallo de la Corte Suprema, Andes Iron destacó que “con este dictamen se pone fin a más de 12 años de trámites y litigios, despejando todo cuestionamiento jurídico y técnico, y abriendo paso a la construcción de Dominga: una oportunidad largamente esperada por la comunidad de La Higuera y la Región de Coquimbo”.

Agregó que el fallo ratifica lo resuelto por el Primer Tribunal Ambiental en diciembre de 2024 y “confirma que las actuaciones del Comité de Ministros fueron irregulares, con vicios de legalidad, demoras injustificadas y cambios de criterio técnico sin sustento, y solo queda pendiente el cumplimiento de dicha sentencia ante el Tribunal Ambiental”.

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