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SMA formula cargos contra Minera Las Cenizas por caso de aguas contaminadas

La SMA formuló cinco cargos contra la Minera Las Cenizas luego de un caso que se originó por las lluvias de junio pasado.

Las lluvias de junio del año pasado desbordaron el muro del depósito de relaves de la Minera Las Cenizas, lo que provocó el escurrimiento de aguas contaminadas, según explicó el Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Ante este contexto, se inició un procedimiento sancionatorio, con la formulación de cinco cargos.

“Las aguas contactadas desbordaron y socavaron el muro del depósito y sobrepasaron las piscinas colectoras del proyecto, alcanzando el curso de agua de la quebrada Rincón del Chinchorro”, alertó la SMA sobre la minera, ligada a la familia Ovalle y Langlois.

El proyecto –ubicado en la comuna de Cabildo, Región de Valparaíso- consiste en la explotación de un yacimiento minero mediante minería subterránea del que se extrae mineral de cobre sulfurado, el cual es procesado en la comuna para la producción de concentrado de cobre a través del proceso de flotación.

Mientras que, el depósito en cuestión se encuentra ubicado en las afueras de la localidad de Peñablanca en la ladera nororiente de la Quebrada Rincón del Chinchorro. “Dicho depósito cuenta, entre sus obras, con un sistema de manejo de aguas lluvia”, resalta el SMA.

En el marco de la contingencia de junio 2024, la SMA dijo que dictó medidas provisionales pre procedimentales, que incluyeron la elaboración de un cronograma de acciones para abordar la contingencia, con medidas y plazos definidos. Además, se instruyó la reparación del talud del muro de confinamiento afectado por las precipitaciones, la limpieza de los relaves depositados en los cursos de agua, y el monitoreo de la calidad de aguas superficiales en la quebrada El Maqui, la quebrada Rincón del Chinchorro y el río La Ligua.

Tras la fiscalización del cumplimiento de estas medidas y el análisis del caso, la SMA formuló cinco cargos por una serie de incumplimientos. La primera imputación está relacionada con que la piscina de aguas recuperadas de la planta de espesado presenta dimensiones y volúmenes inferiores a lo aprobado, operando con una menor revancha que la establecida ambientalmente, dijo la SMA.

El segundo cargo se relaciona con un manejo de las aguas captadas por el sistema de aguas lluvias, que difiere de lo autorizado. La tercera imputación se fundamenta por una deficiente implementación de medidas ante contingencias en el evento de precipitaciones ocurrido en junio de 2024, lo cual incluyó descargas de aguas contactadas hacia las quebradas Los Maquis y Rincón del Chinchorro y la falta de ejecución de tareas rutinarias de inspección y limpieza.

El cuarto cargo corresponde al incumplimiento parcial de las medidas provisionales pre procedimentales ordenadas tras la contingencia de junio de 2024, consistentes en retrasos en la ejecución de las medidas de limpieza de los relaves depositados en los cursos de agua y zonas aledañas afectadas, así como la no realización de monitoreos de calidad de aguas superficiales.

Finalmente, se formuló un quinto cargo por no haber iniciado la transmisión de datos dentro de plazo y no haber reportado la totalidad de los datos exigidos en la instrucción general para la vigilancia ambiental del componente agua en relación con depósitos de relaves.

Al respecto, la Superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, explicó que la empresa dispone de un plazo ampliado 22 días hábiles para formular sus descargos o de 15 días hábiles para presentar un programa de cumplimiento.

De acuerdo con la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (LOSMA), la SMA explicó que las infracciones leves podrán ser objeto de amonestación por escrito o multa de una hasta mil unidades tributarias anuales (UTA). Y las infracciones graves podrán ser objeto de revocación de la resolución de calificación ambiental (RCA), clausura, o multa de hasta cinco mil UTA.

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