
Interlocking: TDLC condena a Banco de Chile y Consorcio por Hernán Büchi y aplica multas por $ 4.950 millones
Se trata de la sentencia que tuvo origen en el requerimiento que presentó la Fiscalía Nacional Económica en diciembre de 2021

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) dictó hoy la sentencia que condena a Banco de Chile y a Consorcio por la participación simultánea del economista Hernán Büchi Buc como director y ejecutivo relevante en ambas empresas competidoras.
Se trata de la sentencia que tuvo origen en el requerimiento que presentó la Fiscalía Nacional Económica en diciembre de 2021, por infringir la prohibición de interlocking horizontal,es decir, la participación simultánea como director o ejecutivo relevante en dos o más empresas competidoras.
En su sentencia, el TDLC impuso multas que ascienden a $ 3.300 millones para el Banco de Chile y $ 1.650 millones para Consorcio y afirmó que la prohibición de interlocking “busca prevenir el riesgo de intercambio de información entre empresas competidoras o de eliminación de la incertidumbre asociada a un mercado competitivo que puede darse por la circunstancia de que una persona ocupe simultáneamente cargos relevantes en ellas”.
Hay que recordar que en esta misma causa estaba incluida Falabella, empresa que llegó a un acuerdo con la FNE con la salida del exministro de Hacienda y excandidato presidencial. En el caso de Falabella, el pago acordado ascendió a poco más de $ 1.400 millones, mientras que Büchi se comprometió a cancelar poco más de $ 180 millones a beneficio fiscal, mayor monto que una persona natural ha pagado producto de un acuerdo conciliatorio o una sanción aplicada por el TDLC.
De acuerdo a un comunicado de la FNE, el TDLC en su decisión tuvo por acreditado que Büchi fue director y/o ejecutivo relevante de Banco de Chile, Consorcio y Falabella, empresas que compiten entre sí en la oferta de productos y servicios bancarios y de seguros (en el caso de Banco de Chile, Consorcio y Falabella) y en la oferta de servicio de intermediación de valores (en el caso de Banco de Chile y Consorcio).
La misma investigación dio origen al requerimiento presentado por la FNE por interlocking, también en diciembre de 2021, contra Juan Hurtado Vicuña, Consorcio y Larrain Vial, que fue acogido por el TDLC en abril pasado, mediante una sentencia que condenó a los acusados y los obligó a pagar multas que en conjunto superan los $ 2.500 millones.
“Esta sentencia, sumada a la que conocimos en abril, da señales inequívocas al mercado sobre la gravedad de que una misma persona participe simultáneamente como director o ejecutivo relevante en empresas competidoras, incluyendo los casos en que esta situación se da en las matrices de sociedades operativas en un determinado mercado”, dijo el Fiscal Nacional Económico, Jorge Grunberg, afirmó que
Para la FNE, agregó el fiscal, es prioritario monitorear el cumplimiento de la prohibición de interlocking para evitar riesgos de flujo de información entre competidores y prácticas concertadas o acuerdos colusorios”.
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