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Tribunal dicta orden de detención en contra del exgerente general de Primus Capital, Francisco Coeymans

Corte de Apelaciones de Santiago revocó la decisión del 4° Juzgado de Garantía que había dejado en libertad al exgerente general de Primus Capital, Francisco Coeymans.

JAVIER TORRES/ATON CHILE

La Corte de Apelaciones de Santiago revocó la decisión del 4° Juzgado de Garantía que había dejado en libertad al exgerente general de Primus Capital, Francisco Coeymans. El tribunal había reemplazado la prisión preventiva por una caución económica de $300 millones, siempre que se acreditara una garantía real por ese monto.

Coeymans logró salir del penal ayer luego de cumplir con ese requisito, pero ahora deberá volver a ingresar tras el fallo de la Quinta Sala de la Corte, que acogió la apelación presentada por el Ministerio Público, el Servicio de Impuestos Internos (SII) y los querellantes.

“Esta Corte, en atención a que no existen nuevos antecedentes que justifiquen modificar el régimen cautelar”, resolvió anular la decisión de primera instancia. En el mismo fallo, el tribunal sostuvo que “la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad”, considerando “la naturaleza de los delitos por los cuales ha sido formalizado, su número, la pena asignada y la gravedad de los mismos”.

Por eso, la Corte resolvió que Coeymans debe volver a prisión preventiva.

El exejecutivo estuvo cerca de 15 meses privado de libertad. Fue detenido el 12 de abril de 2024 en Pucallpa, Perú, donde permaneció más de siete meses en prisión preventiva hasta ser extraditado a Chile el 19 de noviembre del mismo año.

La resolución de la Corte de Apelaciones fue adoptada con los votos de los ministros Elsa Barrientos, Pablo Toledo y el abogado integrante Jorge Enrique Benítez.

Tras el fallo del tribunal de alzada, la jueza Carolina Herrera, del 4° Juzgado de Garantía de Santiago, dictó una orden de detención en contra del exgerente general de Primus Capital, Francisco Coeymans.

“Encontrándose el imputado actualmente en libertad, despáchese una orden de detención en su contra a diligenciarse por ambas policías, a fin de que ingrese al centro penitenciario correspondiente para los fines antes señalados”, indicó la resolución judicial.

El exgerente general de Primus Capital está formalizado por diversos delitos económicos, entre ellos estafa, administración desleal, uso malicioso de instrumento privado mercantil falso y lavado de activos. La causa continúa en etapa investigativa.

Detalles

El caso Primus estalló en marzo de 2023, cuando la propia empresa de factoring Primus Capital descubrió internamente una serie de operaciones falsas. La compañía informó el hallazgo a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) y presentó una denuncia. Pronto se reveló que una red de ejecutivos y colaboradores cercanos había utilizado empresas de papel, cheques sin respaldo y facturas ideológicamente falsas para simular transacciones comerciales y desviar fondos de la firma.

Las primeras estimaciones hablaron de un fraude superior a los $ 70 mil millones, lo que llevó a los socios de la compañía a inyectar más de $ 100 mil millones para evitar el colapso financiero.

Según la investigación, el esquema fue cuidadosamente planeado. Se usaron nombres de terceros como testaferros, muchas veces ciudadanos extranjeros, para ocultar la verdadera identidad de quienes controlaban las empresas involucradas. La documentación falsa se usaba para justificar operaciones que nunca ocurrieron, generando beneficios indebidos tanto para los ejecutivos como para quienes participaron en la red.

Uno de los aspectos más mediáticos del caso fue la fuga de Francisco Coeymans, quien salió del país y fue detenido en Lima, Perú, donde estuvo prófugo por más de siete meses. Fue extraditado a Chile en noviembre de 2024 y desde entonces cumple prisión preventiva.

Los delitos son calificados como “consumados” porque no se trata de intentos fallidos: las acciones se realizaron y lograron su objetivo. Además, son “reiterados”, lo que significa que no se trató de un hecho aislado, sino de una práctica constante durante varios años. La imputación también se basa en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, que establece responsabilidad penal para quienes participan directamente en la comisión del delito.

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