Opinión

Cambio de gabinete

Cambio de Gabinete 19 de mayo

El cambio de gabinete efectuado por el Presidente de la República durante esta semana, constituye una muestra palpable del funcionamiento de un gobierno presidencial como el que consagra nuestra Constitución.

En un gobierno de esta naturaleza, los ministros de Estado, como colaboradores directos e inmediatos del Presidente de la República, dependen de la confianza de éste. Es decir, se mantienen en sus cargos mientras cuenten con ella. Se marca aquí una diferencia esencial con los gobiernos parlamentarios donde los ministros que, a la vez son parlamentarios, dependen de la confianza del Parlamento al cual pertenecen, pues ambos cargos no son incompatibles.

En un gobierno presidencial, el Presidente de la República lleva a cabo las políticas públicas con el concurso de los ministros de Estado, de forma tal que resulta lógico que, si una de ellas está mostrándose débil o inconsecuente con el programa de gobierno, es el jefe de Estado quien debe decidir la permanencia del ministro respectivo.

La Encuesta Plaza Pública CADEM, de inicios de este mes, reveló que un 54% de los encuestados creía que el principal responsable frente al tema de la delincuencia era el gobierno, en tanto que el 67% opinó que el gobierno estaba siendo superado por dicho flagelo siendo el crimen organizado el principal problema (78%).

En un gobierno presidencial, existen contrapesos a la acción del gobierno, entre los cuales se encuentra la posibilidad de que, en la Cámara de Diputados, se dirijan interpelaciones a los ministros de Estado sobre materias vinculadas al ejercicio de su cargo. Sin embargo, el objeto de ese proceso de preguntas y respuestas no puede vincularse a la permanencia del ministro en su cargo, la que sigue siendo resorte exclusivo del jefe de Estado.

El cambio de gabinete de esta semana se produjo precisamente cuando parlamentarios de oposición habían anunciado una interpelación a la ex ministra de Seguridad Pública por la carencia de un plan de seguridad formal y estructurado, evidenciada en una intervención previa en la Cámara de Diputados.

Si la anunciada interpelación tenía la velada intención de forzar al Presidente de la República a reemplazar a la ministra resulta claro que se estaba utilizando la institucionalidad vigente para conseguir un propósito distinto a la finalidad de ese mecanismo. Las interpelaciones no importan votos de censura, en el sentido de un parlamentarismo, sino que un cuestionamiento a la forma como se están ejecutando las políticas públicas para que el gobierno introduzca las correcciones necesarias. No afecta, pues, la estabilidad en el cargo del ministro interpelado.

Podemos o no estar de acuerdo con el régimen presidencial de gobierno (de hecho, es un antiguo debate), pero la realidad es que este es el que consagra la Constitución con todas sus consecuencias y que, en esta oportunidad, el Presidente de la República ha sabido encarnar haciéndose eco del sentimiento ciudadano.

Por Marisol Peña, Centro de Justicia Constitucional, UDD

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